| a) limite máximo para la compra directa común (art. 33) | $ 113.650.(ciento trece mil seiscientos cincuenta pesos) |
b) limite máximo de compra directa ampliada (art. 41) y mínimo para la remisión obligatoria de información (art. 48) y arrendamiento (art. 37) | $ 340.950 (trescientos cuarenta mil novecientos cincuenta pesos). |
c) limite mínimo para intervención obligatoria de la Comisión Asesora de Adjudicaciones (art. 57) y para la aplicación de reglamentos o pliegos de uso obligatorio (art. 44). | $ 681.900 (seiscientos ochenta y un mil novecientos pesos). |
d) limite mínimo para exigir garantía de cumplimiento de contrato (art. 55) | $ 909.200 (novecientos nueve mil doscientos pesos). |
e) límite máximo de la licitación abreviada (art. 33) y para el plazo de cinco días para la intervención del Tribunal de Cuentas (art. 107) y mínimo para exigir garantías de mantenimiento de oferta (art. 55) | $ 2.273.000 (dos millones doscientos setenta y tres mil pesos). |
f) límite máximo de la licitación abreviada ampliada (art. 41) y para el plazo de diez días para la intervención del Tribunal de Cuentas (art. 107). | $ 13.638.000 (trece millones seiscientos treinta y ocho mil pesos). |